Los obispos de Minnesota decretan que las escuelas católicas tratarán a los alumnos según su identidad sexual real

(InfoCatólica) La guía empieza afirmando que «la escuela católica debe estar comprometida a proporcionar un entorno seguro que permita a los estudiantes florecer académica, física y espiritualmente. Las escuelas católicas están obligadas a proporcionar educación y recursos consistentes con la enseñanza católica».

Y añade:

«La enseñanza católica impregna y da forma al ethos de las escuelas católicas. Basada en dicha enseñanza , estos Principios Rectores serán la base para la elaboración de políticas, manuales, declaraciones, contratos de empleados, capacitación formativa de esos empleados y para el enfoque de acompañamiento a las Escuelas católicas de estas diócesis, asegurando así que la dignidad inconmensurable de cada niño sea protegida y respetada, particularmente en lo que se refiere a las creencias fundamentales de la Iglesia Católica»

A continuación el texto oferece cinco puntos de la doctrina católica sobre la sexualidad contrarios a la ideología de género, citando el Catecismo, el Compendio del Catecismo, y magisterio pontificio de Benedicto XVI y Francisco.

Tras explicar la doctrina católica, los obispos dan siete pautas a seguir por los colegios católicos de Minnesota:

1. Todas las políticas escolares, procedimientos, recursos, capacitación de los empleados y asistencia brindada a las familias serán consistentes con la enseñanza de la Iglesia sobre la dignidad de la persona humana, incluida la sexualidad humana. Como compromiso con una cultura de transparencia y comprensión, estas políticas se pondrán a disposición por escrito a los miembros de la comunidad escoliar, a modo de inclusión en manuales, acuerdos y declaraciones relevantes.

2. El nombre del estudiante y el uso de pronombres corresponderán a su identidad sexual (ndr: la real, no la pretendida o autopercibida).

3. El acceso de los estudiantes a las instalaciones y alojamientos durante la noche se alineará con su sexual identidad.

4. La elegibilidad para actividades curriculares y extracurriculares de un solo sexo se basará en la identidad sexual del niño.

5. Las expresiones de identidad sexual de un estudiante están prohibidas cuando causan confusión o rompen con la enseñanza de la Iglesia sobre la sexualidad humana.

6. La conciencia de los estudiantes y empleados será respetada en base a su derecho inviolable al reconocimiento de que Dios ha creado a cada persona como una unidad de cuerpo y alma, hombre o mujer, y esa expresión y comportamiento sexual diseñado por Dios debe ser orientada exclusivamente al amor y la vida en el matrimonio entre un hombre y una mujer.

7. Las escuelas se comunicaránn con los padres o tutores sobre el comportamiento de sus hijos en la escuela y les informarán de cualquier preocupación relacionada con la salud física, emocional, social y espiritual, seguridad o bienestar de sus hijos, excepto cuando la policía o un agencia de servicio social.

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