Ley injusta que no obliga en conciencia
Los obispos de Getafe y Alcalá condenan la ley de identidad de género de la Comunidad de Madrid
El Obispo de Alcalá de Henares, Mons. Juan Antonio Reig, el obispo de Getafe Mons. Joaquín Mª López de Andújar, y su obispo auxiliar Mons. José Rico, han hecho públicas unas reflexiones pastorales sobre la «Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Madrid» aprobada el pasado día 17 de marzo. Las reflexiones de los obispos se hacen con todo el respeto hacia los que han promovido esta ley y sus posibles destinatarios.
(InfoCatólica) Los obispos consideran que la aprobación de esta ley es un hecho grave y afirman que «se trata, en su esencia, de una ley injusta y, por tanto, a nadie obliga en conciencia».
En el Artículo 4 de la mencionada ley, titulado Reconocimiento del derecho a la identidad de género libremente manifestada, leemos lo siguiente: «Toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, sexo, género y su orientación sexual». Los obispos consideran que este «supuesto derecho» es una expresión ideológica del legislador que choca frontalmente con la antropología cristiana que ha dado sustento y soporte a lo que se ha venido en llamar civilización cristiana u occidental. Como bien nos recordaba Benedicto XVI en su Carta Encíclica Charitas in veritate «hoy es preciso afirmar que la cuestión social se ha convertido radicalmente en una cuestión antropológica» (n. 75).
El concepto de libertad que maneja el legislador cuando se refiere a la «identidad de género libremente manifestada» (Art. 4) - según explican los obispos - es también un concepto ideológico que no responde a la experiencia humana. Se trata de un concepto individualista de la libertad desvinculado del ser de la persona y de su naturaleza específica: la persona es un ser creado por la infinita sabiduría de Dios y la libertad está enraizada en el propio ser «dado». Nadie se crea a sí mismo sino que recibe el ser. La libertad no crea el ser sino que es el camino para su perfección. Esto es lo que llamamos el bien de la persona según la propia naturaleza.
El propio Papa Francisco en la Encíclica Laudato Si’ (n. 155) enseña:
«La aceptación del propio cuerpo como don de Dios es necesaria para acoger y aceptar el mundo entero como regalo del Padre y casa común, mientras una lógica de dominio sobre el propio cuerpo se transforma en una lógica a veces sutil de dominio sobre la creación. Aprender a recibir el propio cuerpo, a cuidarlo y a respetar sus significados, es esencial para una verdadera ecología humana. También la valoración del propio cuerpo en su femineidad o masculinidad es necesaria para reconocerse a sí mismo en el encuentro con el diferente. De este modo es posible aceptar gozosamente el don específico del otro o de la otra, obra del Dios creador, y enriquecerse recíprocamente. Por lo tanto, no es sana una actitud que pretenda «cancelar la diferencia sexual porque ya no sabe confrontarse con la misma».
Además de estas cuestiones fundamentales, los obispos desarrollan los siguientes epígrafes: ciencia y técnica con conciencia, la ideología de género y sus derivados, nihilismo posthumano, todo está relacionado, derivación en el campo educativo y sanitario, derecho de los niños y de los padres, libertad religiosa, emergencia cívica de los católicos y una conclusión.
Así mismo, los obispos de Alcalá de Henares y Getafe recuerdan, particularmente, el siguiente texto del Pontificio Consejo para la Pastoral de los Agentes Sanitarios:
«No se puede violar la integridad física de una persona para el tratamiento de un mal de origen psíquico o espiritual. En estas circunstancias no se presentan órganos enfermos o funcionando mal; así que su manipulación medicoquirúrgica es una alteración arbitraria de la integridad física de la persona. No es lícito sacrificar al todo, mutilándolo, modificándolo o extirpándole una parte que no se relaciona patológicamente con el todo. Es por esto que no se puede correctamente asumir el principio de totalidad como criterio de legitimación de la esterilización antiprocreativa, del aborto terapéutico y la medicina y cirugía transexual» (Carta de los Agentes Sanitarios, en español n. 66 y nota 148).
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