«Más sobre Amoris Laeitia», por Néstor Martínez

JudasLa Dra. Luiza Clelia Bingemer ha publicado un artículo sobre “Amoris Laetitia” en el cual hace algunas observaciones que nos interesa comentar, empezando por ésta:

“Algunos han puesto el grito en el cielo viendo el lugar que atribuye Amoris Laetitia a la conciencia personal a la hora de discernir cosas tan importantes como la posibilidad de comulgar, partir del reconocimiento de circunstancias atenuantes que disminuyen la culpabilidad. Parece que olvidan aquella afirmación de san Juan Pablo II: "El juicio sobre el estado de gracia, obviamente, corresponde solamente al interesado, tratándose de una valoración de conciencia” ("De gratiae statu, ut patet, iudicium solum ad singulos homines spectat, cum de conscientiae aestimatione agatur": Ecclesia de Eucharistia 37).

Se trata sólo de una cierta seguridad moral, la que puede tener una persona cuando se acerca a comulgar, porque el Concilio de Trento ha definido que, mirándonos a nosotros mismos, no podemos tener certeza acerca de nuestro estado de gracia (Ses. VI, cáp. 9), aunque mirando el amor y las promesas de Cristo podamos sí tener una “firmissima spes” (cáp. 13).”

———————————————–

COMENTARIO:

Veamos lo que dice “Ecclesia de Eucharistia”:

“37. La Eucaristía y la Penitencia son dos sacramentos estrechamente vinculados entre sí. La Eucaristía, al hacer presente el Sacrificio redentor de la Cruz, perpetuándolo sacramentalmente, significa que de ella se deriva una exigencia continua de conversión, de respuesta personal a la exhortación que san Pablo dirigía a los cristianos de Corinto: « En nombre de Cristo os suplicamos: ¡reconciliaos con Dios! » (2 Co 5, 20). Así pues, si el cristiano tiene conciencia de un pecado grave está obligado a seguir el itinerario penitencial, mediante el sacramento de la Reconciliación para acercarse a la plena participación en el Sacrificio eucarístico.

El juicio sobre el estado de gracia, obviamente, corresponde solamente al interesado, tratándose de una valoración de conciencia.”

Ahí está la frase citada por la Dra. Bingemer.

Pero el texto, como es lógico, continúa:  

No obstante, en los casos de un comportamiento externo grave, abierta y establemente contrario  la norma moral, la Iglesia, en su cuidado pastoral por el buen orden comunitario y por respeto al Sacramento, no puede mostrarse indiferente. A esta situación de manifiesta indisposición moral se refiere la norma del Código de Derecho Canónico que no permite la admisión a la comunión eucarística a los que « obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave ».

Al parecer los que citan aquella frase de San Juan Pablo II olvidan habitualmente citar esta continuación, lo cual no deja de ser grave.

En efecto, eso es en realidad lo que el Papa quiere decir en este párrafo, pues es claro que anticipa lo que se le podría objetar para responder con el “No obstante”, y de hecho, lo que dice deja totalmente sin efecto, con miras a la recepción efectiva de la Eucaristía, el juicio de conciencia que pueda hacer la persona sobre sí misma.

Lo que dice el Papa es que, precisamente, porque la Iglesia no juzga el interior de las personas, en su misión pastoral debe guiarse por criterios externos que le den, justamente, la “seguridad moral” de que está administrado el Sacramento en las mínimas condiciones requeridas.

Porque la Eucaristía, recordemos, no es algo que los fieles van y toman, sino algo que la Iglesia administra a los fieles.

Y el dato externo aquí es que esta persona está válidamente casada con otra que aún vive, y sin embargo, vive maritalmente con una tercera, en forma objetivamente adúltera.

———————————————–

Continúa la Dra. Bingemer:

“El mismo san Juan Pablo II había dicho algo que tuvo muy poca difusión, y que Francisco retoma en la nota 364 de Amoris Laetitia. Refiriéndose al propósito de enmienda, afirmó que la previsibilidad de una nueva caída “no prejuzga la autenticidad del propósito” (Carta al Card. William W. Baum, 22 marzo 1996, 5). La conciencia de la persona puede concluir en un juicio auténtico, aunque los propósitos que se enuncien choquen con el duro realismo de las dificultades concretas.”

———————————————–

COMENTARIO:

Eso que “tuvo poca difusión” es una doctrina tan antigua como la Iglesia misma

No es eso lo que se está discutiendo en el caso de los mal llamados “divorciados vueltos a casar”, porque lo que estas personas pretenden es confesarse y comulgar, no con un propósito de enmienda firme que prevé sin embargo la posibilidad de caídas futuras dada la fragilidad humana, sino SIN PROPÓSITO DE ENMIENDA, porque no tienen por el momento ninguna intención de dejar de tener relaciones adúlteras ni de expresar tal propósito en la confesión.

Y eso no es un juicio que hacemos nosotros sobre esas personas, sino que es la hipótesis a partir de la cual se plantea toda la discusión. Es sobre las personas que están en esa actitud que se discute si se les puede dar o no la comunión eucarística.

Porque las otras, las que hacen el propósito de separarse o de vivir como “hermano y hermana”, es pacífico hace tiempo en la Iglesia que pueden confesarse y comulgar “remoto scandalo”.

———————————————–

Continúa Bingemer:

“Para evitar aparecer enfrontados al Papa, algunos pretenden hacernos creer que el documento no dice lo que dice, o que es confuso. Esto de la “confusión” es otro mito que han creado. Porque basta un conocimiento básico de la lengua para entender que cuando en la nota 351 dice “podría ser también la ayuda de los sacramentos” y menciona inmediatamente la confesión y la Eucaristía, cae de maduro que se está refiriendo a la posibilidad de confesarse y comulgar. ¿Y puede caber alguna duda que se está refiriendo a personas que viven en situaciones irregulares, si todo el capítulo 8 habla de eso? Más aún, en este punto 305 se refiere explícitamente a personas que viven en una “situación objetiva de pecado". Si hay una situación de pecado no se trata de dos que sólo viven en castidad bajo el mismo techo, ni de los que han logrado la declaración de nulidad de un matrimonio anterior, seamos honestos.”

———————————————–

COMENTARIO:

Esto confirma la ambigüedad del documento. Resulta que ahora el Magisterio de la Iglesia va a consistir, entre otras cosas, en los documentos papales interpretados en sus partes a la vez más candentes y ambiguas según el conocimiento básico de la lengua por alguien más.

En un caso como éste, lo que hace falta es un pronunciamiento oficial claro y categórico. Sería absurdo tener a la Iglesia en estado discusión durante dos o tres años para finalmente resolver el caso en una nota al pie de página que necesita ser interpretada por terceros según lo que a ellos les parece evidente, pero que no está explícitamente dicho en el texto.

El Magisterio de la Iglesia ha seguido siempre la recomendación del Señor, y ha dicho “sí, sí, no, no.” Porque está ahí para definir, precisamente, el sentido de la fe auténtica cuando éste es puesto en discusión en la Iglesia.

Y si parece que la confusión es poca, es porque no se ha asomado uno a la realidad. En ese mismo artículo se critica nada menos que al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe porque no comparte el contenido de esas conclusiones evidentes basadas en el conocimiento básico de la lengua. ¿No es prueba suficiente de que sí hay ambigüedad y confusión a causa del documento?

———————————————–

Otro analista, el filósofo Rodrigo Guerra, publica en “Yo influyo” un artículo en el cual advierte sobre los peligros de una tendencia bastante novedosa e interesante: el “rigorismo postmoderno”.

Uno diría que son palabras que se dan de patadas entre sí. En realidad, si se puede detectar influencia de la mentalidad “post moderna” es, obviamente, en aquellos que ya están empezando a dudar acerca de si hay o no actos intrínsecamente malos y si las normas morales son realmente universales.

Pero aquí viene la explicación:

“El cambio de época a todos nos genera incertidumbre. En este contexto, existen personas y grupos que creen que las certezas es preciso buscarlas en las posturas más rígidas e intransigentes para así no extraviarse. Esto no sólo caracteriza a algunos hombres y mujeres mayores de edad sino también a algunos sectores juveniles, que ante un mundo cambiante, prefieren aferrarse a lo que aparentemente es seguro y confiable: una ortodoxia formal que lentamente se separa de la comunión existencial. Esto ya había sucedido, por ejemplo, en torno a los debates del Concilio Vaticano II. Sin embargo, gracias a las nuevas tecnologías, las suspicacias contra Francisco son más visibles que las que se hacían, por ejemplo, contra Paulo VI.”

———————————————–

COMENTARIO:

Ahora bien ¿de qué se está discutiendo, concretamente? Acerca de la posibilidad de dar o no la comunión sacramental a los mal llamados “divorciados vueltos a casar” que no aceptan ni separarse ni vivir como “hermano y hermana”, o sea, en castidad. En definitiva, que no hacen el propósito de dejar de tener relaciones adúlteras ni lo manifiestan.

¿Qué piensa sobre esto el Dr. Guerra? ¿Admite o no admite el documento esa posibilidad, está o no de acuerdo el Dr. Guerra con ella?  

Siendo ése el punto principal en discusión, todo lo otro que no signifique tomar postura claramente en ese tema es gastar tiempo y palabras.

———————————————–

Más adelante parece que avanzase un cierto pronunciamento:

“Yo creo que no. Francisco una y otra vez anuncia la buena noticia y ratifica la doctrina constante de la Iglesia. Lo único que pide es que antes de emitir un juicio moral nos llenemos de comprensión caritativa para así entender mejor cómo aplicar la norma evangélica. Afirmar que no todos los casos son iguales, no es relativismo sino realismo. Una misma norma aplicada en casos diversos puede tener efectos distintos. Y esto debe hacerse siguiendo un método preciso: acompañar la fragilidad, discernir sabiamente con caridad y buscar formas de integración en la comunidad empírica que es la Iglesia.”

———————————————–

COMENTARIO:

Arriesgándonos a darle un sentido determinado a estas palabras, podemos pensar que el Dr. Guerra afirma que AL no cambia ni la doctrina ni la disciplina de la Iglesia respecto de estos casos.

Y al parecer, él estaría de acuerdo con que así sea.

¿Y entonces, dónde está su desacuerdo con los que dicen que el documento es ambiguo y rechazan la interpretación contraria a la que al   parecer es la suya, o sea, niegan que el documento autorice explícitamente, como debería hacerlo en todo caso, a dar la comunión en algún caso a las personas que están en la situación mencionada, y sostienen que admitir esa posibilidad es ir en contra de la doctrina católica?

Let's block ads! (Why?)

Etiquetas:

Publicar un comentario

[blogger][facebook]

Agencia Catolica

Forma de Contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Con tecnología de Blogger.
Javascript DesactivadoPor favor, active Javascript para ver todos los Widgets