Cuatro cardenales hacen pública su petición al Papa de aclaraciones sobre Amoris Laetitia

(InfoCatólica) Los cardenales constatan que se ha producido grave desconcierto en muchos fieles y una gran confusión respecto a cuestiones muy importantes para la vida de la Iglesia. Además aseguran que su iniciativa parte de una profunda preocupación pastoral. Y explican que:

El nuestro es, pues, un acto de justicia y de caridad.

De justicia: con nuestra iniciativa profesamos que el ministerio petrino es ministerio de unidad, y que a Pedro, al Papa, le compete el servicio de confirmar en la fe.

De caridad: queremos ayudar al Papa a prevenir divisiones y contraposiciones en la Iglesia, pidiéndole que disipe toda ambigüedad.

El Papa no ha respondido. Asi lo explican los cardenales:

El Santo Padre ha decidido no responder. Hemos interpretado esta decisión soberana suya como una invitación a continuar la reflexión y la discusión serena y respetuosamente.

Es por eso que informamos de nuestra iniciativa a todo el pueblo de Dios, ofreciendo toda la documentación.

Estas son las cinco dudas que los cardenales piden al Santo Padre que aclare:

Primera

Se pregunta si, según lo afirmado en «Amoris laetitia» nn. 300-305, es posible ahora conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, en consecuencia, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando unida por un vínculo matrimonial válido, convive «more uxorio» con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por «Familiaris consortio» n. 84 y luego confirmadas por «Reconciliatio et paenitentia» n. 34 y por «Sacramentum caritatis» n. 29. La expresión «en ciertos casos» de la nota 351 (n. 305) de la exhortación «Amoris laetitia», ¿puede aplicarse a divorciados que están en una nueva unión y siguen viviendo «more uxorio»?

Segunda

¿Sigue siendo válida, después de la exhortación post-sinodal «Amoris laetitia» (cfr. n. 304), la enseñanza de la encíclica de san Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 79, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, respecto a la existencia de normas morales absolutas, válidas sin excepción alguna, que prohíben acciones intrínsecamente malas?

Tercera

Después de «Amoris laetitia» n. 301, ¿es posible afirmar todavía que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (cfr. Mt 19, 3-9), se encuentra en situación objetiva de pecado grave habitual (cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración del 24 de junio del 2000)?

Cuarta

Después de las afirmaciones de «Amoris laetitia» n. 302 sobre las «circunstancias que atenúan la responsabilidad moral», ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 81, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, según la cual: «las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección»?

Quinta

Después de «Amoris laetitia» n. 303, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 56, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del papel de la conciencia y afirma que ésta nunca está autorizada para legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben acciones intrínsecamente malas por su objeto?

Texto completo de la carta

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