Un arzobispo emérito pide la ordenación de mujeres y recibe el aplauso de «fieles» y del presidente de Cantabria

(EP/InfoCatólica) Según explica Revilla en las redes sociales, «en mitad» de la misa el oficiante «agarró el micro y dijo: mañana saldrá rumbo a Su Santidad el Papa una dura carta pidiendo que con urgencia puedan ser investidas sacerdotes las mujeres».

«No podemos tolerar esta flagrante discriminación de las mujeres por parte de la Iglesia», justificó el clérigo, ilustre hijo de la villa de Colindres que lleva tres décadas oficiando la misa de San Ginés, patrón de la cofradía de pescadores de la localidad.

Tras el anuncio, el presidente cántabro se puso a «aplaudir», así como «buena parte» de los cerca de mil asistentes a la ceremonia. «Luego me fui a la Sacristía a abrazarle», agrega en sus cuentas de Facebook y Twitter.

Doctrina de gran importancia y definida de forma infablibe

La realidad es que la doctrina sobre el sacramento del orden sacerdotal está definida de forma definitiva e infalible por el magisterio ordinario de la Iglesia. Así lo quiso dejar claro el papa San Juan Pablo II en la carta apostólica Ordinatio sacerdotalis, cuyo párrafo final reza así:

Por tanto, con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a los hermanos (cf. Lc 22,32), declaro que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia.

Item más, la Congregación para la Doctrina de la Fe, quiso zanjar cualquier duda sobre el carácter definitvo de la declaración magisterial de San Juan Pablo II, publicando la siguiente respuesta a una dubia.

Después de la publicación de la Carta Apostólica Ordinatio sacerdotalis, algunos teólogos, diversos grupos de sacerdotes y religiosos, como también algunos ambientes y asociaciones del laicado católico han manifestado reacciones problemáticas o negativas en relación con dicho documento pontificio, poniendo en discusión el carácter definitivo de la doctrina sobre la inadmisibilidad de las mujeres al sacerdocio ministerial y la pertenencia de esa doctrina al depósito de la fe.

La Congregación para la Doctrina de la Fe ha considerado necesario disipar las dudas y reservas al respecto mediante el Responsum ad dubium, que el Santo Padre ha aprobado y ordenado su publicación y que es del siguiente tenor:

Respuesta a la pregunta acerca de la doctrina contenida en la Carta Apostólica «Ordinatio Sacerdotalis»

Preg.: Si la doctrina, según la cual la Iglesia no tiene facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, propuesta en la Carta Apostólica Ordinatio Sacerdotalis como dictamen que debe considerarse definitivo, se ha de entender como perteneciente al depósito de la fe.

Resp.: Afirmativa.

Esta doctrina exige un asentamiento definitivo puesto que, basada en Palabra de Dios escrita y constantemente conservada y aplicada en la Tradición de la Iglesia desde el principio, ha sido propuesta infaliblemente por el Magisterio ordinario y universal (cf. Conc. Vaticano II, Const. dogm. Lumen gentium, 25, 2). Por consiguiente, en las presentes circunstancias, el Sumo Pontífice, al ejercer su ministerio de confirmar en la fe a los hermanos (cf. Lc 22,32) ha propuesto la misma doctrina con una declaración formal, afirmando explícitamente lo que siempre, en todas partes y por todos los fieles se debe mantener, en cuanto perteneciente al depósito de la fe.

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, durante la Audiencia concedida al infrascripto Cardenal Prefecto, ha aprobado la presente Respuesta, decidida en la reunión ordinaria de esta Congregación, y ha ordenado su publicación.

Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 28 de octubre de 1995.

+ Joseph Card. Ratzinger

Prefecto

+ Tarsicio Bertone

Arzobispo emérito de Vercelli

Secretario

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