(Actuall/InfoCatólica) La decisión ha sido tomada a instancias de un tribunal de primera instancia que había elevado la apelación de esta persona respecto a la menor nacida en el año 2015.
Los hechos ocurrieron de la siguiente manera:
Primero. Un hombre alemán decidió congelar su esperma.
Segundo. Pasado el tiempo, este hombre comenzó una transición hasta presentarse en sociedad como una «mujer transexual»’.
Tercero. Comienza una relación ¿translésbica? con otra mujer.
Cuarto. Deciden utilizar el esperma reservado cuando el hombre no era una «mujer transexual» para la gestación de un niño en el vientre de su compañera.
Quinto: Reclaman ante los tribunales la inscripción de ambas personas como «madres» del bebé, pese a que biológicamente es evidente que la «mujer transexual» es el padre de la criatura.
Ese es de hecho el argumento del tribunal alemán ya que mantiene que la maternidad y paternidad determinados por la biología no pueden ser intercambiables.
En el pasado, el mismo órgano judicial dictaminó en un caso similar, que un «hombre transexual», nacida mujer, no podía ser inscrito como padre de un niño.
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