(RV) El Evento organizado por Ensemble contre la peine de mort, en colaboración con la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte tiene por objetivo «alcanzar y eliminar la obligatoriedad de la pena de muerte». Este congreso es el evento más importante sobre la pena de muerte, que reune a más de 1500 participantes, entre los que se encuentran más de 30 ministros, 200 diplomáticos, Premios Nobel de la Paz, parlamentarios, universitarios, abogados y defensores de los derechos humanos.
En su mensaje, el Santo Padre agradeció a todos aquellos que están comprometidos en construir un mundo libre de la pena de muerte, y asegura que: «de hecho, hoy día la pena de muerte es inadmisible, por cuanto grave haya sido el delito del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona humana que contradice el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa, e impide cumplir con cualquier finalidad justa de las penas. Además, señala el Papa que, no hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza».
En el marco del Jubileo Especial de la Misericordia, el Pontífice recuerda que es una ocasión propicia para promover en el mundo formas cada vez más maduras de respeto a la vida y la dignidad de cada persona. No hay que olvidar que el derecho inviolable a la vida, don de Dios, agrega el Papa, pertenece también al criminal.
«Deseo hoy alentar a todos a trabajar no sólo por la abolición de la pena de muerte«, concluye el Obispo de Roma, «sino también por la mejora de las condiciones de reclusión, para que respeten plenamente la dignidad humana de las personas privadas de libertad». «Hacer justicia» no significa que se deba buscar el castigo por sí mismo, sino que las penas tengan como finalidad fundamental la reeducación del delincuente. Por ello, afirma el Papa, «la cuestión debe ser encuadrada en la óptica de una justicia penal que sea abierta a la esperanza de reinserción del culpable en la sociedad. ¡No hay pena válida sin esperanza!»
Nota de InfoCatólica
El Catecismo de la Iglesia Católica (1997, 9ª ed.), al explicar el Vº mandamiento, «No matarás», trata ampliamente del respeto a la vida humana (2258-2330): la legítima defensa, el homicidio, el aborto, la eutanasia, el suicidio, la guerra justa, etc. Y respecto a la pena de muerte aplicada por la autoridad civil judicial enseña esta doctrina:
2266 A la exigencia de la tutela del bien común corresponde el esfuerzo del Estado para contener la difusión de comportamientos lesivos de los derechos humanos y las normas fundamentales de la convivencia civil. La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito. La pena tiene, ante todo, la finalidad de reparar el desorden introducido por la culpa. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, adquiere un valor de expiación. La pena finalmente, además de la defensa del orden público y la tutela de la seguridad de las personas, tiene una finalidad medicinal: en la medida de lo posible, debe contribuir a la enmienda del culpable.
2267 La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.
Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.
Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy [...] rara vez [...], si es que ya en realidad se dan algunos» (enc. Evangelium vitae 56)
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