La archidiócesis de Toledo aclara la situación tras la polémica en la Cofradía de la Virgen de las Angustias

Nombró un Comisario que dirigirá la Cofradía temporalmente

La archidiócesis de Toledo aclara la situación tras la polémica en la Cofradía de la Virgen de las Angustias

Ante la polémica causada en la elección de Hermana Mayor de la Cofradía de la Virgen de las Angustias de Toledo, la archidiócesis primada de España ha hecho público un comunicado en el que recuerda que según el código de derecho canónico, corresponde a los obispos confirmar a los responsables de las asociaciones públicas de fieles.

16/01/16 10:25 AM | Imprimir | Enviar

(El Digital/InfoCatólica) La Hermana Mayor electa de la Cofradía de la Virgen de las Angustias de Toledo, María Dolores Mateo, ha mostrado públicamente su malestar por que su elección no ha sido refrendada por las autoridades eclesiásticas, a pesar de que recibió el apoyo casi unánime de los integrantes de la hermandad. Así, ha achacado esta circunstancias a un «informe clandestino», del que no tuvo noticia «hasta los hechos consumados de anulación del acta de votación y por ende de las actividades normales y ordinarias de la Hermandad».

Desde que fue anulada el acta de votación, Mateo dice haber intentado conocer cuáles son las razones por las que su nombramiento no ha sido refrendado y haber pedido varias audiencias al arzobispo de Toledo, Mons. Braulio Rodríguez, que aún no la ha recibido.

Ante esta versión, este viernes el Arzobispado ha emitido el siguiente comunicado de prensa:

Ante las informaciones publicadas en el día de ayer en algunos medios de comunicación, referidas a la Hermandad de Nuestra Señora de las Angustias de Toledo, el Arzobispado de Toledo desea clarificar lo siguiente:

  1. En la Archidiócesis de Toledo, el Sr. Arzobispo constantemente promulga decretos de aprobación de Estatutos de Hermandades y Cofradías y realiza nombramientos de Hermanos Mayores, tal y como se puede comprobar consultando el Boletín Oficial del Arzobispado, por tanto no parece acertado afirmar, en este sentido, que haya alguna «actitud inmovilista» de los «miembros decisorios» de la jerarquía eclesiástica de Toledo.
  2. Efectivamente, tras la asamblea de miembros de la Hermandad de Nuestra Señora de las Angustias, de Toledo, celebrada el 19 de abril de 2015, doña María Dolores Mateo fue propuesta para presidenta por una amplia mayoría de los hermanos presentes. Pero de esta elección, según establece el Código de Derecho Canónico y la normativa diocesana vigente, no se deriva el nombramiento automático e inmediato, siendo necesaria la posterior confirmación de la autoridad competente, según Derecho, en este caso el Sr. Arzobispo de Toledo.
  3. Tras el preceptivo informe del Sr. Delegado Episcopal de Hermandades y Cofradías, el Sr. Arzobispo, con fecha 26 de mayo, decretó una Visita Canónica a la citada Hermandad, que ha sido realizada por el Visitador designado, Mons. Francisco César García Magán, Provicario General de la Archidiócesis, el cual ha mantenido en diversas ocasiones entrevistas con doña María Dolores Mateo y con otros hermanos de la Junta Directiva saliente, así como con otros miembros de la Hermandad.
  4. Teniendo en cuenta las conclusiones del Visitador, el Sr. Arzobispo, con fecha 13 de octubre de 2015, determinó, según Derecho, el nombramiento de un Comisario en la persona de don Antonio Muñoz, para que en su «nombre dirija temporalmente la mencionada Hermandad con el ánimo de llegar al fiel cumplimiento de los fines de la misma, a tenor de los Estatutos, y renovar el cargo de Presidente de la Junta Directiva de la Hermandad» (BOAT, octubre 2015).
  5. No responde a la realidad la acusación de falta de comunicación del Sr. Arzobispo con la Sra. Mateo. Por ejemplo, el 5 de noviembre, el Sr. Arzobispo se dirigió personalmente por escrito a ella, y en diversas ocasiones ha sido recibida por su colaboradores más directos, ya que no siempre es posible que él pueda mantener una entrevista personal con todas las personas que lo solicitan.
  6. Esto no obsta para que, como todo fiel laico, doña María Dolores Mateo pueda dirigirse, si lo desea, a las instancias superiores de la Iglesia.

En Toledo, a 15 de enero de 2016

1 Canon 317.1: «A no ser que se disponga otra cosa en los Estatutos, corresponde a la autoridad eclesiástica de la que se trata en el canon 312.1, confirmar al Presidente de una asociación pública elegido por la misma…»

2 Artículo 25 de los Estatutos de la Hermandad: «La Asamblea General propondrá al obispo diocesano para su nombramiento como Hermano Mayor, una lista de tres miembros elegidos para este cargo».

This entry passed through the Full-Text RSS service - if this is your content and you're reading it on someone else's site, please read the FAQ at http://ift.tt/jcXqJW.

Etiquetas:

Publicar un comentario

[blogger][facebook]

Agencia Catolica

Forma de Contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Con tecnología de Blogger.
Javascript DesactivadoPor favor, active Javascript para ver todos los Widgets