(Actuall) El documento avalado por la ministra María Verónica Espinosa, recoge, entre otros puntos:
«Se garantizará a las mujeres en situación potencial de interrupción del embarazo y sus posibles complicaciones, un proceso de atención integral, ágil, oportuno y de calidad».
A partir de ahora en caso de que el centro de salud no tenga capacidad de atención, la mujer deberá ser derivada a una instancia superior (hospital). Esta nueva norma además contempla ofrecer a la mujer información «clara, veraz, oportuna y basada en evidencia científica» sobre distintos métodos anticonceptivos con el objetivo de que no vuelva a quedar embarazada.
Pero lo que destaca de este documento aprobado es la garantía de la confidencialidad del médico, calificada como una «obligación ética, bioética y legal». Sin embargo, los doctores estarán obligados a denunciar posibles delitos de violencia sexual.
Con este cambio en la legislación sobre el aborto todos los recursos del Estado se pondrán al servicio de la anticoncepción de manera abierta. De modo que las mujeres que aborten serán «asesoradas» sobre «planificación familiar» y anticoncepción.
Además, tras abortar, estas mujeres podrán recibir el método anticonceptivo -antes de recibir el alta hospitalario- más conveniente (no se especifica cuáles).
Publicar un comentario