(Efe/InfoCatólica) Las jóvenes fueron juzgadas por la supuesta comisión de un delito de desórdenes públicos, otro de exhibicionismo, otro delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y uno más de resistencia a agentes de la autoridad.
El fiscal pedía nueve meses de cárcel y multa de 1.800 euros para cada una de ellas, pero la jueza María Dolores Moure ha acordado su absolución.
La resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, dice que conforme a las pruebas «no constan acreditados ninguno de los delitos objeto de la acusación porque las declaraciones de todos los testigos son parciales y no son coincidentes».
Señala además que «no resultó acreditado que las acusadas con su conducta impidiesen el ejercicio del derecho de manifestación o lo perturbasen gravemente» e indica que «la perturbación o el tumulto que se produjo por su presencia no sólo fue achacable a ellas, sino también a algunos miembros del servicio del orden y de manifestantes que las rociaron con pintura roja».
Además considera que «no se exhibieron órganos genitales, sólo pechos, sin finalidad sexual y únicamente como acto reivindicativo de la condición femenina de las acusadas, según su parecer».
«Tampoco consta que se emplease violencia física, ni que se utilizasen vías de hecho o cualquier procedimiento ilegítimo», señala el texto, que dice que realizar su reivindicación con el torso desnudo «es un medio efectivo amparado por el derecho de la libertad de expresión que no puede constituir vía de hecho o procedimiento ilegítimo».
La juez no ve un delito de desórdenes públicos porque «no consta que la intención de las acusadas fuera atentar contra la paz pública»; ni uno de resistencia a los agentes de la autoridad. A su juicio, la actuación de las acusadas fue una «mera resistencia pasiva leve».
Habrá recurso
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, señala que recurrirán porque «una sentencia absolutoria ampararía la actitud violenta de las Femen que actuaron contra los manifestantes e incluso contra los policías».
Abogados Cristianos, que ejerce la representación letrada de la Asociación Enraizados, ha manifestado que recurrirán la sentencia ante la Audiencia Provincial ya que los hechos realizados por FEMEN y demostrados en el juicio están perfectamente tipificados en el Código Penal.
José Castro, presidente de Enraizados asegura sentirse «desprotegido» con el resultado de esta sentencia y afirma que «esto no es aceptable en un Estado de Derecho».
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