(AEAC/InfoCatólica) La organización de juristas considera que la postura de Celaá respecto al Pin Parental viola el artículo 27.3 de la Constitución que establece que «los poderes públicos deben garantizar el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones»; el artículo 16.1 de la carta magna que establece «el derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto»; y el artículo 39.3 que establece «el deber de los padres de prestar asistencia en todo a sus hijos».
Desde Abogados Cristianos reseñan además que la titular de Educación, con su posición en contra del Pin Parental, está actuando en contra del Convenio Europeo de Derechos Humanos que establece que «el Estado, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo de la educación de la enseñanza, respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas».
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, tacha de «inadmisible que la ministra asegure que los hijos no pertenecen a los padres o que intente prohibir el PIN PARENTAL, algo que debería ser un derecho de todos los padres». Y respecto a este asunto, Castellanos anuncia que «Abogados Cristianos se personará en el procedimiento judicial iniciado por Celaá contra el gobierno de Murcia por la instauración del PIN PARENTAL».
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